Prevención de Riesgos
Actualmente la sociedad tiene como eje fundamental de nuestras vidas el trabajo. Todo gira alrededor de él.
Dentro de nuestro mundo laboral tenemos que exigir que se garantice la seguridad y la salud de los trabajadores, fomentando así una cultura preventiva que beneficie a todo el mundo.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales es el eje fundamental de la lucha contra la precariedad laboral. Esta Ley obliga, entre otras cosas, a contar en cada empresa con una persona responsable de la Prevención de Riesgos Laborales que tenga una titulación de Técnico Básico en Prevención de Riesgos Laborales. Es decir, todas las empresas, especialmente las pequeñas y medianas, han de disponer de personal capacitado para desarrollar las labores encomendadas por la ley y tratar de que los accidentes y enfermedades laborales se reduzcan o desaparezcan.
En este curso se ofrece la posibilidad de recibir la formación básica en Prevención de Riesgos Laborales, para conseguir entre todos que el trabajo sea cada vez más agradable y seguro. El diploma de realización del curso de Prevención de Riesgos Laborales básicos cumple todos los requisitos para que quien lo posea pueda ejercer labores de Delegado de Prevención en la mayor parte de las empresas, sin embargo no implica la emisión de un certificado oficial acreditativo.
El presente curso cumple los requisitos indicados en la normativa que regula las funciones de nivel básico en la actividad preventiva (Real decreto 39/1997, Reglamento servicios de prevención):
a) El contenido y duración se adecúa a lo incluido en el anexo IV (art. 35.2 a)
b) El docente dispone de titulación superior en materia de prevención de riesgos laborales en las especialidades de ergonomía y psicosociología, higiene industrial y seguridad laboral.
c) La entidad impartidora es un centro de formación privado con capacidad para desarrollar actividad formativa (art. 35.3)
d) La formación cumple con los requisitos para ejercer las funciones de nivel básico para aquellas empresas que no están incluidas en el Anexo I de la norma. En caso de estar incluidas las personas que ejerzan esas funciones deberán realizar la formación de Prevención de Riesgos Laborales de 50 horas de duración, más una formación complementaria dependiendo del sector relacionado con al Anexo I.
Todos los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas. En la actualidad la Ley exige que en todos los centros laborales existan personas especializadas en la Prevención de Riesgos Laborales, por lo tanto, todo aquel que esté interesado en mejorar su situación laboral y hacer que los accidentes y enfermedades laborales se reduzcan, ha de realizar el presente curso.
Los contenidos desarrollados en este curso satisfacen íntegramente los contenidos mínimos establecidos por el Reglamento de los Servicios de Prevención en su Anexo IV para el desempeño de las funciones de prevención de nivel básico (Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención) y equivale, por tanto, a la formación mínima presencial de 30 horas en Prevención de Riesgos Laborales establecida por dicho reglamento.
Con la realización de este curso, por tanto, los delegados de prevención podrán acreditar la formación básica exigida por el Reglamento de los Servicios de Prevención para el desempeño de las funciones básicas de prevención de riesgos laborales.
No se requieren conocimientos previos en Prevención de Riesgos Laborales.
FUNDAE es la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo que, a través de la gestión de fondos públicos, ayuda a las empresas a formar a las personas trabajadoras y les facilita su acceso gratuito o con descuento a la oferta formativa.
La formación bonificada es una formación subvencionada por el Estado español, a través de FUNDAE, que permite que las empresas mantengan a sus trabajadores formados para que éstos estén actualizados.
Toda empresa dispone un crédito formativo mínimo de 420€ al año para bonificar en formación. Este crédito del que dispone la empresa procede de la recaudación de la cuota de Formación Profesional que realiza la empresa a la Seguridad Social y se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media. FUNDAE dispone de una aplicación para poder calcular este crédito. Es importante saber que si el crédito no se emplea se pierde.
La gestión de la tramitación la puede realizar tu propia empresa o una gestoría. El siguiente VÍDEO muestra los pasos a seguir para que cualquier empresa pueda obtener bonificaciones.
Las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social se aplicarán una vez comunicada la finalización de la formación, que debe hacerse con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del ejercicio económico.
La formación bonificada la pueden aplicar todas aquellas empresas españolas para sus trabajadores dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Los trabajadores en Régimen Especial de Autónomos no se pueden acoger a la bonificación, por lo que no disponen de crédito en FUNDAE y no pueden pedir este tipo de formación.
No, nosotros no realizamos las tramitaciones de las empresas para bonificarse la formación pero sí que facilitamos toda la información necesaria para poder gestionarla.
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